LA POLICIA NO TE PUEDE OBLIGAR A IR A COMISARIA A REALIZAR LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA

Resulta bastante habitual que en determinadas ocasiones los agentes de policía desplacen a la persona a la que quieren realizar la prueba de alcoholemia hasta la comisaría correspondiente.

El motivo de dicho traslado suele ser la imposibilidad de transportar el aparato de medición hasta el lugar en el que se encuentra el conductor al que deben realizar la prueba de impregnación alcohólica, ya sea por falta de efectivos policiales en ese momento o porque se esté realizando un control de alcoholemia en otro lugar de la población y no se disponga de un dispositivo móvil.

Lo que la mayoría de conductores no saben es que no están obligados a acompañar a la policía hasta comisaría, y que si se niegan a acompañarles no se les podrá acusar de ningún delito de desobediencia o de negativa a someterse a las pruebas de detección alcohólica.

La sentencia 40/2024 de 11 de marzo dictada por el Tribunal Constitucional establece que no se puede dar por válida una prueba de alcoholemia realizada sin mediar detención policial y en ausencia de cobertura legal expresa para el traslado a dependencias policiales de quien no consintió libremente a ese desplazamiento, es decir, que si la policía no tiene el aparato etilómetro en el lugar y el conductor se niega a acompañarles a comisaría, a la policía no le quedará más remedio que esperar a que llegue el medidor. Puedes acceder a la mencionada sentencia mediante el siguiente enlace: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-8183.

El fundamento de tal decisión es que no existe cobertura legal para una retención no voluntaria tendente a la conducción a dependencias policiales en estos supuestos, ninguna de las normas que regulan la práctica de la prueba de alcoholemia prevé el traslado del conductor a dependencias policiales, por ello si ante la negativa del conductor a trasladarse a dependencias policiales para la prueba de alcoholemia, la policía procederá a la detención y traslado del mismo a comisaría, podría solicitarse con posterioridad la nulidad de dicha detención por infracción de derechos fundamentales, al no existir motivo para tal detención.

En la práctica, los agentes de policía tienden a presionar al conductor que debe realizar la prueba diciéndole que está obligado a acompañarles y que si no lo hace voluntariamente incurrirá en un delito de desobediencia y de negativa a realizar la prueba de alcoholemia, por ello conviene grabar toda la actuación policial, ya que si por presiones de la policía al final el conductor decide ir a comisaría podrá solicitarse la nulidad de la prueba de alcoholemia al no haberse respetado el derecho a la libertad personal del artículo 17.3 de la Constitución española.

En cualquier caso, recuerda que puedes contactar sin compromiso con nuestros abogados colaboradores para resolver cualquier duda.

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