El pasado día 20 recibimos la Sentencia 263/2025 de 11 de junio dictada por el Juzgado Penal 3 de Vilanova i la Geltru en la que se ABSUELVE al acusado por la presunta comisión de un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción sin carnet, al haber perdido todos los puntos.
Falta de notificación personal en la pérdida de puntos
Analizado el caso por uno de nuestros abogados colaboradores se detectó que la pérdida de puntos no había sido notificada de forma personal al acusado sino que había sido notificada a una trabajadora de servicio doméstico que recogió la carta y la dejó en el recibidor de la casa sin advertírselo al interesado.
Declaración de la trabajadora del servicio doméstico
El día de juicio fue citada la persona del servicio doméstico la cual declaró bajo juramento que sí que había recogido la carta pero que no advirtió de ello al acusado, que no se la entregó personalmente y que tampoco le recordó con posterioridad que hubiera llegado esa notificación.
Fundamentos jurídicos de la sentencia
La sentencia en sus fundamentos jurídicos establece la trascendencia jurídico penal del hecho que motivaba la notificación, esto es, la pérdida de puntos asignados a su permiso de conducir y, por tanto, la pérdida de vigencia de este, con la posibilidad, de incurrir en un delito sancionado con pena privativa de libertad, en caso de conducir un vehículo a motor, exigía una notificación personal, que expresara el conocimiento de todo ello por parte de la afectado, no habiendo quedado probado que el acusado efectivamente hubiera llegado a tener conocimiento de ello, no pudiendo afirmarse que se le hubiera hecho entrega de la notificación que se le dirigió y que fue entregada a la trabajadora de hogar, la cual no pudo afirmar que le entregara la carta recepcionada, no siendo rechazable la posibilidad de que esa notificación no llegaré a ser puesta en su conocimiento del acusado.
Duda razonable sobre el conocimiento del acusado
Surge la duda sobre si el acusado tenía conocimiento o no de la pérdida de puntos cuando estaba conduciendo, lo cual es un requisito imprescindible para poder afirmar el dolo necesario para condenar por ese delito.
Conclusión de la sentencia
En resumen, la sentencia absuelve al acusado al no haberse podido probar en el juicio que tuviera conocimiento de la pérdida de puntos.
Importancia del asesoramiento en delitos de tráfico
Como siempre os recordamos que ante un procedimiento judicial por delito relacionado con la seguridad vial, alcoholemia, conducción sin carnet, conducción temeraria, negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia, es recomendable recibir el asesoramiento experto de un abogado especializado en ese tipo de delitos, lo cual os garantizará la mejor defensa posible. Por ello nuestra primera consulta siempre es gratuita y sin compromiso.
Preguntas frecuentes sobre la falta de notificación personal de la pérdida de puntos
¿Qué ocurre si me retiran todos los puntos y no recibo la notificación?
Si no existe una notificación personal y efectiva de la pérdida de puntos, se puede alegar la falta de conocimiento. Esto puede ser determinante en un procedimiento judicial y, como en el caso real expuesto, incluso conducir a una sentencia absolutoria.
¿Puedo ser condenado por conducir sin carnet aunque no supiera que había perdido los puntos?
No. Para que exista condena debe probarse que el conductor tenía conocimiento de la pérdida de vigencia de su permiso. Si no se demuestra ese conocimiento, no hay dolo y, por tanto, no puede dictarse condena.
¿Quién puede recoger una notificación de pérdida de puntos?
La notificación debe entregarse personalmente al afectado. Si la recoge otra persona —como un familiar, vecino o empleado del hogar— puede cuestionarse la validez de la notificación, ya que no garantiza que el conductor haya tenido conocimiento efectivo.
¿Ofrecéis una primera consulta gratuita?
Sí. En nuestro despacho siempre ofrecemos una primera consulta gratuita y sin compromiso para analizar tu caso y explicarte las opciones de defensa más adecuadas.