La cuestión que se nos plantea habitualmente por nuestros clientes es la posibilidad de fraccionamiento de la pena privativa del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores.
¿Es posible cumplir la condena solo en fines de semana y vacaciones?
El Tribunal Supremo aún no se ha pronunciado sobre esta cuestión, y las Audiencias Provinciales no tienen un criterio unánime.
Por un lado, hay Audiencias Provinciales como la de Barcelona, que no son proclives a tomar esta decisión en beneficio del condenado, por las siguientes razones:
- Por no estar dicha posibilidad expresamente prevista en la Ley: El artículo 3.2 del Código Penal dice que la pena impuesta no se puede ejecutar en otra forma que la para ella descrita en la Ley y reglamentos que la desarrollen, ni con otras circunstancias o accidentes que los expresados en su texto. Nuestro sistema no regula expresamente la posibilidad de fraccionamiento de la pena privativa del derecho a conducir vehículos de motor, ni la suspensión de su ejecución, ni tampoco se articuló mecanismo alguno para su sustitución.
- Porque la Ley sostiene que las penas impuestas han de cumplirse de inmediato: el principio general que rige la ejecución en nuestro ordenamiento penal es el del cumplimiento inmediato, sin solución de continuidad, en el mas breve tiempo posible, de la total pena impuesta, principio al que responde el mandato contenido en el art. 798 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que dice «tan pronto sea firme la sentencia, se procederá a su ejecución».
Por otro lado, otras audiencias provinciales como las de Toledo, Madrid, Zamora y Castellón, por ejemplo, son favorables al fraccionamiento de la retirada del carnet de conducir, fundamentándolo en las siguientes razones:
- El Código penal no prevé la posibilidad de fraccionamiento, pero tampoco la prohíbe, pues determina en su art. 47 que dicha pena tendrá la duración que se establezca, pero ello no se infringe por el hecho de que, manteniendo el numero total de días en que no esté permitido conducir al penado, estos puedan cumplirse en periodos fraccionados.
- En el ámbito administrativo, la sanción de suspensión de la autorización de conducir puede fraccionarse, siendo la misma de inferior duración que la pena impuesta por el Código Penal y por tanto, susceptible de causar menores perjuicios económicos.
- El Código penal permite el fraccionamiento en penas de contenido económico, como la multa del art. 50 del C. Penal. Y en ambos casos se permite el fraccionamiento para evitar perjuicios económicos excesivos o desproporcionados.
Así, estas audiencias entienden que estos razonamientos pueden trasladarse al fraccionamiento de la pena de prohibición de conducir vehículos a motor y ciclomotores, al no prohibirse expresamente el fraccionamiento en el Código penal.
¿Qué necesito para que se me permita el fraccionamiento del permiso de conducir?
Ya hemos comentado que en la provincia de Barcelona y en todos los juzgados de Cataluña no se está otorgando de forma general el fraccionamiento de la prohibición de conducir, el criterio de la Fiscalía es igualmente contrario a ese fraccionamiento, quiere decir que en caso de que el juez le pregunte al fiscal del caso si es favorable a dicho fraccionamiento la respuesta será negativa.
En cuanto a los juzgados que sí admiten ese cumplimiento fraccionado ñps requisitos que exigen son los siguientes:
- Ha de tratarse de un conductor profesional, es decir, tiene que tener alguna profesión en la que sea absolutamente necesario conducir.
- Debe tener cargas familiares, y que el hecho de perder el carnet, afectará también económicamente a los familiares que tenga a su cargo.
Además, se debe aportar una propuesta de fraccionamiento en la que se indicará el plan para cumplir con la pena impuesta.
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En todo caso, la solicitud de fraccionamiento del permiso de conducir vehículos debe ser tramitada por un profesional. Por ello, no dude en contar con nuestra asistencia asistencia de calidad y no pierda la oportunidad de que su permiso de conducir sea fraccionado en caso de recibir algún tipo de sanción al conducir.