¿Puedo negarme a realizar las pruebas de alcoholemia?

Hay decisiones que, frente a la justicia, nos pueden perjudicar enormemente: Una de ellas es negarse a soplar en la prueba de detección alcohólica.

Uno de los mayores errores de aquellos conductores que son requeridos para realizar la prueba de alcoholemia o drogas tóxicas que hemos podido observar en nuestra práctica diaria es la negativa a someterse a pruebas de detección alcohólica o drogas.

Cuando un agente policial te requiera para realizar la prueba de detección alcohólica tendrás que realizar tres pruebas, una primera en un alcoholímetro y en caso de que superes el límite legal dos más en un etilómetro evidencial.

Si te niegas a realizar las pruebas, es muy posible que te veas envuelto en una situación que ponga en riesgo tu propia libertad. Veamos qué puede ocurrir.

¿Por qué puedes ir a prisión si te niegas a soplar?

El artículo 383 del Código Penal, establece que el conductor que requerido por un agente de la autoridad se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas, de detección de alcohol o drogas, será condenado a las penas de prisión de 6 meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

La comisión del delito de negativa a someterse a las pruebas por tanto no contempla la posibilidad de que la persona acusada pueda pagar una multa como condena; por el contrario, conlleva una condena directa de privativa de libertad, además de la privación del derecho a conducir por un plazo entre uno y cuatro años.

Al tratarse de una pena de prisión inferior a dos años la condena podrá quedar en suspenso, por lo que no tendrás que cumplirla siempre que no tengas antecedentes por hechos similares. Si tienes antecedentes que no hayan sido cancelados la posibilidad de entrar a prisión es real, si bien siempre existen formas para intentar evitarlo.

Entrar en prisión por un delito contra la seguridad vial es un hecho que por desgracia es cada vez más habitual en nuestra sociedad, habitualmente por reincidencia, ya sea en la conducción bajo los efectos del alcohol, negarse a realizar las pruebas de alcoholemia o por conducir con el carnet retirado.

Por ello negarse a someterse a las pruebas, o realizarlas de forma incorrecta, es la peor decisión que puedes tomar ante el requerimiento de un agente policial.

¿Cuánto tiempo puedo estar en prisión por negarme a soplar en el alcoholímetro?

Como hemos comentado negarse a realizar las pruebas de detección de alcohol o drogas supone la condena a una pena de prisión de 6 meses a 1 año y la privación del derecho a conducir por un periodo de uno hasta cuatro años.

Además la condena por este delito es compatible con la condena por la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas u otras sustancias del artículo 379.2 CP con lo cual la negativa a someterte a las pruebas te va a suponer la suma de dos condenas una por el delito del artículo 383 y otra por el del 379.2 CP.

Y es que una vez estés en el acto del juicio bastará con las manifestaciones de los agentes en cuanto a la sintomatología que presentabas para condenarte también por la conducción bajo los efectos del alcohol: ojos rojos, mirada vidriosa, habla pastosa, balbuceante, dificultad para mantener el equilibrio… 

En consecuencia, negarse a soplar y presentar evidencias de conducir bajo efectos del alcohol puede acarrear que seas condenado por la comisión de dos delitos que podrían sumar un año y medio de cárcel: un año por la negativa y seis meses por conducir bajos los efectos del alcohol.

¿Puedo soplar la primera vez, pero la segunda no?

Aunque pareciera que la ley establezca que no debemos negarnos la primera vez que se nos requiera para la realización de la prueba y que después tenemos la libertad de decidir si nos negamos o no a la realización de más comprobaciones, esta alternativa no es posible; al contrario, deberás realizar la prueba hasta tres veces, incluso más si no la estuvieras realizando correctamente.

¿Cómo realizan la prueba de alcoholemia?

Si alguna vez te han parado en un control de alcoholemia habrás observado que los agentes realizan una primera comprobación sin necesidad de que el conductor salga del vehículo. Ese primer control lo realizan con un alcoholímetro, un aparato pequeño con pantalla digital que indica el resultado de la prueba. Se trata de un aparato que no expide ningún ticket con el resultado por lo que su función es descartar la conducción bajo los efectos del alcohol.

En caso de que el resultado supere los límites legales permitidos el conductor deberá realizar dos pruebas más, esta vez en un etilómetro, el cual tiene una mayor precisión y emite un ticket con el resultado de la prueba, tiempo y volumen soplado, fecha, hora. Dicho documento es el que servirá como prueba en el futuro juicio en caso de que la tasa de alcoholemia supere el límite de 0,60 miligramos por litro de aire expirado fijado en el artículo 379.2 del Código Penal.

¿Puedo evitar la condena por delito contra la seguridad vial si conduzco ebrio?

Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas puede conllevar una multa, trabajos en beneficio de la comunidad o prisión, además de la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años; sin embargo, hay actuaciones que se pueden llevar a cabo ante el Juzgado para que se rebaje la pena o se imponga en su umbral mínimo. Estas acciones legales deben estar llevadas por un profesional, experto en seguridad vial y en derecho procesal. Es necesario por tanto contar con los servicios de un abogado de confianza, así que, si te has visto involucrado en un problema legal por negarte realizar las pruebas de detección alcohólica o crees que te requirieron para realizar la prueba injustamente, contrata a un profesional que te asista en todo el proceso. 

Negarse a realizar las pruebas de detección alcohólica es la peor decisión que podemos adoptar ante el requerimiento de un agente policial.

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